Jan. 1 1835 to Sep. 30 1835 - PTR, Vol. 1

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[BARRAGAN DECREE!

Primera Secrclaria De Eslaclo.

Dcpartamcnlo Del lnlerior. El Exmo. Sr. Prcsidenle inlerino de los Eslaclos-U11idos 1\foxicanos sc ha servido dirigirmc el d,~crclo quc siguc. ,,El Prcsid,~nl<i inlerino de los Eslados-Unidos Mexicanos, a los hal,ila11l1:s de la Rcpuhlica, sahed: Que el Congrcso general ha decretado lo siguicnle. _ l. ,,En el aclual Congreso general residcn por voluntad de la Nacion lodas las facultadcs exlraconslilucionales ncccsarias para hacer <~n la Co11stilucion del ano de 1824, cuantas altcraciones crca convcnienlcs al bien <le la misma Nacion, sin las lrabas y moralorias que aquella prescribe. 2. El Congreso se preLija por limiles cle clichas facultadcs las que detalla el art. l 71 de la 1n<~ncionada Conslilucion.=Juan Manuel de Elizalde, diputado prcsidenle.-Jose Miguel Ramirez, prcsidenle del Senado.=Demelrio del Castillo, diputaclo secretario.-Manuel Miranda, senador secrelario." Por tanlo, mando se imprima, puhlique, circulc, y sc le de el debido cumplimiento. Palacio del Gobicrno federal en Mexico, a 2 de Mayo de 1835. =Miguel Barragan.=A D. Jose ~laria Gutierrez de Estrada." Y lo comumco a V. para su intdigencia y fines consigu icn Les. Dios y lihertad. Mexico 2 de Mayo de l 83S. Gutierrez Estrada

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[PORRAS to UCARTECHEAJ

I Fra11<:isco de Porras, Bexar, lo Domingo de Ugartcdwa. Bt:'xar, May :i, 18B5, reporting that repair ,, ork on quarter:- has t·t•a:;l'd for lack of funds. J

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