Jan 14 1836 to Mar 5 1836 - PTR, Vol. 4

Colonos, en ofo. no. 24 de 17. de Mayo del mismo ano, y que enconsecuencia iniciase la dcrogacion del decreto de 21. de Nove. de 833._ y subsistente en _todas sus partes cl arto. 11 o de la Ley de 5 de Abril de 1830. Es c1erto Sor. Escsmo. que en las Colonias de Texas ecsisle un numo. conciderable de esclavos a queines con pretesto de contrata para el servicio domestico se tienen con a!!Ta,fo de las heneficas leyes que protejcn en Mexico la libcrtad del h~mbre sin distincion de color ni de casta, pero tambien es verdad que conforme al arliculo 2o dcl Dccrcto de 13. de Julio de 824. quedaron libres aquellos infelices con cl solo hecho de pisar nuestro Territorio, y que en consecuencia, ademas de quc proporcionaria al cscito de la Grra. buenos resultados esla aclaracion, ellos por ser libres haran los descubrimientos quc sc necesitan para adquirir la libertad, declararan el fraude del contrato y nos evitaran de la mordacicfad de algunos quc ~11vieran el arrojo de decir se atentaba en el Pais contra la propiedad agena y que garamtiza las bases conslitucionales ultimamente publicadas. Ademas de los recursos que para la colonizacion de Texas proporciona la ley de 6 de Abril de 1830. y la superior orden de 4 de Febrero de _834. hoy el E.S. Gral. en Gefe del Ejercito de operaciones promueve la mejor providencia que pueda adoptarse para poblar aqs. terrenos con familias mexicanas y Europeas entre quienes este segura la tranquilidad del Departamento su integriclad y su engrandccimto. La venta de los cien millones de Acres o fanegas al precio que fija, proporcionarian al Erario igual cantidad de pesos. Con derogar la Ley de 21. de Nove. de 1833 y declarar subsistente el arto. 11 o de la Ley de 6 de Abril de 1830 ni se daria lugar a reclamaciones que pudiera hacer el Gavinete de Washington ni las demas naciones amigas verian que se haeian distincio11es olvidando sus trataclos de paz, amistad, navegacion y Comercio. El establecimto. que se propone de la oficina titulada de tierras cs en mi opinion necesaria, y a ella debe ser unida la comision de Colonisacion Ia que con instruceiones mas amplias haria aierlamente el progreso del Pais, y dentro de pronto la Nacion contaria con los recursos necesarios q. el mismo produjese. Para la capitalisacion de empleos que indica el E.S. Grat. Presidte. es necesaria la correspondte. iniciativa y si recordamos q. desde Yguala se ofrecio tcrrenos a las Benemeritas tropas que hicieron la Yndependencia, ni se eonsidcrar a fuera de proposito el proyecto, ni menos ecsesivo el premio de una legua a los Gcfes, media a los Subalternos y un solar a las tropas q. se propone darles y q. en justicia debe aprobarse. El E.S. Presidtc. me cvita el trabajo de recordar lo que

467

Powered by