THE AUSTIN PAPERS. 959 en la sociedad, bajo de leyes justas. El Comnndante principal de la milicia es en mi concepto el que deve hncer los regalos por que al paso que su generosa mano estiende el obsequio al insolente Comanche con otra empufia la espada q. ha de castigarle si falta a la fe de los tratados u hostiliza a los pacificos ciudadanos que estan ocupados en sus faenas para atencler a sus hobligaciones. En otra vez he rnani-festaclo qual es mi deseo a cerca de introducir en los tratados que se celebren por nuestro gobierno con el de los estaclos unidos del Norte un articulo qe. prohiva espresnmente que -los subditos anglo-americanos, traten con los indios ~:fegteanos y reciprocamte. que los subditos megicanos lo hagan con los indios An- gloamericanos. Y ahora que hny toclns las·apariencias de guerra por los Comanches contra nosotros seria combenientisimo quitar a los indios el recurso del numeroso armamento y municiones de guerra que indudablemente les acarrearan los tratantes AmGricanos a cam- bio de la caballada y mulada que robaran en nuestras fronteras luego que se sepa en Natchitoches que esta abierta la campafia. Esta observacion no es opinion mia, sino resultado cierto de una triste y dolorosa esperiencia: hasi lo hicieron americanos y _megicanos des- naturalizados en la ultima guerra con los indios. Y esta era la cntlsa de que sus efectos, nos -fueron tan sensibles y duraderos. Un Vice Consul Megicano en Natchitoches, que bijilara sol>re este honrroso trafico contribuiria en gran manera a. evitar estos males que de otro modo seran inebitables. • Tambien seria muy combeniente estipular en los tratados la mutua entrega de ncgros esclavos y delinquentes de delitos atroces de ambas naciones: Esto afianzaria fa seguridad de· la frontera de Tejas, limitrofe con los Estados Unidos del Norte, que a horn abuncla en vagos y gente perdida, cuyo oficio es por lo comun robar y matar para sostenerse, 6 por lo menos formar reboluciones enire ellos mismos. Otros meno~ malos, por que se han aplicaclo a la agricnltura de que se mantienen, han ocupado los terrenos que han querido en el sitio en que u. cada uno le ha pareciclo, sin contar con autoridncl alguna clel Estaclo. La mayor parte esiste sobre el rio de Sabinns y colorado de Natchitoches precisamente dentro de las veinte leguas eceptuadas por la ley de colonizacion de 18 de Agosto de 824. Su numero que no es facil de reducir ·a calculo por la grancle estension del Terreno que ocupan, deve causar cuiclaclo nl Gobierno por varios motivos; 1 11 • Que · habiendose colocado sin su consentimiento qunnclo seles quiera sujetar a las !eyes, 6 arrojarlos del territorio se uniran en masa para defenclerse y sino es bastante ln. fuerza .destinada 6. su espulsion, se burlaran del Gobn° y crecera su orgullo y atrevimiento hasta desafiar la nacion entera. 2°· Es menester no conocer el amor que se tiene a la conscrvacion de una cnsa y un hucrto que se ha
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