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AMERICAN HISTORICAL' ASSOCIATION.
Sor Comisionndo Baron de Bastrop·-Thomas Boatright originario de los Estados Unidos de Arnericn, y vecino actual de esta Provincia de Texas ante V digo: Que haviendome establecido sobre el margen occidental del Rio de los Brazos con mi familia e intereses con animo de radicarme en el establecimiento colonial permitido por el Superior Gov 00 de la Nacion :i\1exicana. al ·Ernpresario D Estevan F Austin espero qe admitiendome V con mi familin como uno de los pobladores de dha Colonia se •sirva mercenarme y ponerme en posesion de la porcion de Tierra qe la Ley Concecle a los Colonos en el concepto de qe estoy pronto a. cultivar la qe me asigne sugetandome en toclos casos a las Leyes qe rijan y defender los derechos de la Yndependencia y libertad de la patria, por tanto, A V pido se sirva hacer como dejo referido qe en ello recivire gracia y justicia-San Felipe de Austin 26 de Julio de mil ochocientos veinte y quatro--Thomas Boatright- villa de San Felipe de Austin 26 de Julio de 1824--El Empresario D Esteva.n F Austin expondra si en el Suplicante concurren las cir- cunstancias y requisitos necesarios para merecer la gracia qe solicita- Bastrop-Sor Comisionado-En virtud del .antecedente decreto de V devo decir qe el habitante qe representa Thomas Boatright es acreeclor a la mercecl qe solicita y puede ser aclmitido como vecino de esta nueva Colonia por sus buenas Cualidades y circunstancias y notoria aplicacion a la agricultura, cria de ganaclo e industrias y en consideracion a esto se le puede conceder un sitio de Tierra-San Felipe de .Austin 26 de Julio de 1824-Estevan F Austin-En la villa de San Felipe de Austin a los veinte y seis clias del mes de Julio de mil ocho ci~ntos veinte y quatro. El Baron de Bastrop sexto vocal de la Exma Diputacion provinciat'de Texas, Comisionado del Gov 00 y Estevan F Austin Empresario para establecer una nueva Colonia en esta Prov'· En virtu(l de ·la Comision qe confirio al primero el Gov 0 r de esta Prova Teniente Coi·onel D Luciano Garcia por su decreto de cliez y seis de Julio de mil ocho cientos veinte y tres, y de la Orn del Gefe Politico de esta Prova D. Jose Antonio Saucedo fha veinte y tres de J unio de mil ocho cientos .veinte y quatro y de las facultacles que estan concediclas a ambos a conse- cuencia del de el Sup~rior Gov".~· Mexicano fha diez y ocho de Fe- brero, Con.firmado por los decr~tos del Soberano Congreso Constitu- yente y del Supremo pocler executivo fhas once y catorce de abril de mil ocho cientos veinte y tres, y del de el Comandante Gral de estas Provu· Brigadier p Felipe 4e _la Garza expedido el dia diez y seis d~ Junio del referido, aiio, en el.expediente ,promovido por el dho Empresario D Esteven F ·Austin sobre la emigracion de tres cientas familias extrangeras qe eleven Colonizarse en esta Prov• Usando de las facultades qe nos estan concedidas por dha comision y decretos atendiendo al merito y circunstancias que concurren en la
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