THE AUSTIN PAPERS. 1007 independencin nacional, desempefie en aquella parte del Estado las atribuciones economicas politicas y gubernativas que aquellos ejer- cinn, y las demas q. a bien tengn clecretar el H. congreso para In mejor administracion clelos negocios publicos. Las razones q. me mueven a hacer esta propocicion son las que paso ll. exponer. La parte de este Estaclo que antes se llamo Provincia de Tejas exije por sus particulares circunstancias la atencion y desvelos de esta Augusta Asamblea legistativa. La immensidad desus terrenos valdios, y las ventajas q. estos ofrecen al agricultor ha despertado hace mucho tiempo el vehemente deseo delos Extrangeros para colonizarlos. Raco poco tiempo q. por disposicion del Supremo Govierno se establecio una colonia de Anglo-Americanos en numero de 300. iamilias sobre los Rios Colorado y Brazos por medio de un Empresario. Este nuevo establecimiento comiensa a progresar en todos los ramos dela riqueza, • ya piensan sus habitnntes enque se habilite un puerto dela costa que bafia aquellas tierras para sacar sus frutos al mercado de Europa. EI empresario de aquella Colonia ha sido solicitado por varios nuevos colonos hasta en cantidad de doscientos 6 300. familias mas que desean establecerse en el pais. En esta capital existen dos Empresarios que han ofrecido introducir ochocientas familias cada uno con el pro- pio fin, y sin embargo q. la ley de colonizacion deq. actualmente se ocupa una comicion del ceno de este H. congreso, proveera a todos estas solicitudes, hay una cantidad de familias cuyo numero se ignora establecidas clesu propia autoridacl hace mucho tiempo en aquel rico pais, unos dentro del terreno delas veinte leguas limitrofes exeptuadas por el articulo 4° de la ley de colonizacion de 18. de Agosto de 1824. y otros enlo interior del territorio, aprovechandose por supuesto delas mejores tierras y enla cantidad q. cacla uno ha podido abrasar. Hay 6.clemas acia la parte dela frontera conlos Estados Unidos desde muchos afios atras unas cuadrillns de asesinos y laclrones compuestas de Extrangeros vagabundos que ban infestado el pais con los robos y muertes que han ocasionado alos habitantes delos tres Estados do ·oriente q. han entrndo con Mulas y caballos alos Estados Unidos de] Norte, deq. se han originado considerables percliclas de intereses y p e r s o n as. Ultimamente el Supremo Poder Ejecutivo mand6 al Gobernaclor del Estado por orden de 29. de Agosto de 1824. q. no permitiese es- tablecerse a ningun Anglo-Americano dentro delas vointo leguas limitrojes con los Estados Unidos: q. los q. so encontraran sin hnber abierto labores, y construido casas, seles mandase internar nl terri- torio, informando a. cerca delos q. debieran quednr en aquol terreno por hallarse en el ceno exceptundo. • Yo se que el Gobernador no ha podido evacuar este informe sin duda por q. no tiene de qu'icn re- civirlo: Ni tampoco puede cumplir con la primera pnrte de esta
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