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AMERICAN HISTORICAL ASSOCIATION.
4° En consequencia del modo esparcido .sobre ranchos y habitn- ciones qc viven aqui los habitantes y 1n extcncion de la jurisdiccion habra m1:1 necesicla.d impcriosa de poner com.isarios 6 encargados de justicia en cnda vecinclad considerabl~. bajo el sistema provisional q 0 ha regido hnsta ahora esta jurisdiccion fue dividida en siete dis- tritos o comarcas, con un AlcaJde elegido por el pueblo en cndn una pero segun ei artioulo 98 del reglnmento economico de los .pueblos no se puede ha.her mas q 0 un alcalcle en tocla la jurisdiccion, porq• el numero de lrnbitantes no llega a cinco mil, y si es compatible nombrar comisarios 6 encargados de justiGia en cada una de las .comarcas qe hasta ahorn. ha tenido Alcalde me parece qe sera de mucha importancia, y piclo instrucciones sabre este y relativas al modo de nombrar dhos comisarios y sus clebercs: • 5° por 1a misma razon espuesta en el anterior punto hay una ab- soluta necesiclad q• el Alcalde de la jurisdiccion tenga un ministro 6 algua-zil para ejecutar sus orclenes y citaciones en toda la estencion de la jurisdic.cion, y q• los comisarios tambien tengan uno en sus respectivos jurisclicciones. .pero como el reglamcnto economico de los pueblos no dice nada sobre este particular, piclo instruccioncs quien ha de nombrar •este oficial. i ha de ser ~legido por el pueblo, por la Asamblea electoral, o nombrado por el Alcalde y los comi- sarios para sus respectivos juris<licciones. y quien ha de arreglar los derechos qc ha <le cobrnr para Slts servicios i . 0° Si la organizacion provisional d~ la Milicin q 0 ahora existe ha de ~ontinua..r, 6 si ha de ser organiza<ln de nuevo por el .Ayuntamto de conforrnidacl con el rcglamto en la materia. 7° Si yo en clase de Gefe provisional de la colonia he de espedir las ordenes y avisos para las elecciones y administrar los juramentos 1'. los electos q 0 la ley previene y organizar el nuevo sistema cons- titucional-6 es este cleber <lel .comisicma<lo. Suplico las instrucciones y ordenes de V. E. sobre estos puntos para qe tengan su debido cumplimto Dios y Libertad. Saltillo 6 ac·Novbra de 1827. Exmo Sor. EsrnvaN F. AUSTIN [Rubric] Exmo Sor Gob 0 r del Estado de Q,uahuila y Tex.as C Jose Maria Viesca.
JOHN GrnsoN To J. E. B. A U8'l'IN
Rio La Vaca November 7 th 1827.
DEAR Srn, . I send a few things to the Brasos by :Mr. Alley to be stored until ·val which will be within fifteen clays from the present date. my arri · •
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