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AMERICAN IDSTORICAL ASSOCIATION.
agrimensores de las nuevas colonins de ese Departamto p 11 sabre el punto en qe. deben comensarce las mediclas para dejar libres las tierras litorales exceptuadas pr. la Ley de Colonizacion de 18. de Agt 0 de 1824, y 2• si los terrenos inundados cerca de los Rios deben ser 6 n6 comprehendidos en la demarcacion de sitios qe. se apliquen a los nuevos colones. En cuanto a la primera se deve comensar la meclida desde la orilla de la tierra fi.rme dejando asia el mar las Lagunas qe. tengan comu- nicacion con el, pues se consider 11 como pnrte de un todo: no asi con los lagos 6 esteros qe. esten separads del mu.r y circundados pr. todas partes de tierra firme. Por lo qe. toca a la segunda se deben distinguir dos cosas: a las tierr8 inmediatas a los Rios estan cubiertas constantemto con las aguas del mismo Ri6, 6 solamente se inunclan cuando sobrevienen granclcs crecientes 6 avenidas, en el primer caso es fuera de tocla duda qe. aquellas tierras qe. existen permanentemt• cubiertas de aguas, no pueden componer parte de ningun sitio de tierra pero si solo son anegadizas accidentn,lmt•. y como se supone en el 2° caso deben ser incluidas en las tierras qe. se adjudiquen a los nuevos Colones comensando las medidas desde Ins margenes naturnles del rio quando sus aguas estan en su natural Estado: quedando pr. consiguiente sugetos todos los que se coloquen 6. las riberns de los Rios al dro. reciproco de alucion conforme 6. nuestras leyes.-Lo qe comunico a V. S. en contestacion, y para su inteligencia y fines consiguientes." y lo traslado a V. para su inteligencia y fines corres- pondientes. Dios y Libertad Bejar 7. de Nobiembre de 1826. Josi: ANT" SAUCEDO [Rubric] Al Teniente Coronel D. Estevan Austin AUSTIN TO SAUCEDO 1 Yncluyo & V. S. un oficio al Ylmo. Ayuntamiento de Bexar sobre 1a Ynterpretacion del decreto de 23 de 7bre de 1823 que concede :l los habitantes de Texas libertad de intraclucir efectos libre de derechos y suplico el influxo de V. S. para. que el Ayuntamienta toma la materia en cansideracion y par media de una represent:lcion a Ja autoridad competente aclare la duda que parece existe sobre la interpretacion de dicha ley. Dios y Libertad San felipe de Austin 7 de Noviembre de 1826 EsTEVAN ·F. AusTrN [Rubric] Sor Gefe de! Departamento C Jose Antonio Saucedo
• Bexar Ar~hJvee, University o.t Texaa,
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