THE AUSTIN PAPERS. 1417 por haber molestado V con ella porqe estoy bien cerciorado del mucho interes qe. V spre tome en todo qe toca al bien de la patria, y concluyo supJicando qe V me haga el favor, presentar esta carta y el arancel a su Exc1 11 el Gobdor con las observaciones qe le parece a V bien. he considerndo mejor presentar estas materia al Gobn° por conducto de V en una forma extemporanio qe por medio de un oficio formal, porque. este modo da mas Ingar p• hacer reflecciones sin los emba- rnzos de formalidad- Con todo respeto quedo su muy atento servidor Q,. S. M. B. , ESTEVAN F AUSTIN 14 DE AGOSTO DE 1826 Segun entiendo de la orden del Gefe Politico de Texas los !unites de la jurisdiccion del Distrito de San Felipe de Austin son como sigue, desde un punto sobre la Bahia de Galveston entre medio de los Rios San Jacinto y Trinidad y de alli rumbo al norte siguiendo In divicion entre las aguas de clhos Rios ht.a el cn.mino de Bexar a Nacogdoches y de alli siguienclo el dho camino rumbo occidental hta en frente de las cabazeras del arroyo dela Baca y de alli rumbo al sur hta las dhas cabazeras, y de alli siguiendo el clho arroyo de la Baca. hta la costa y de alli rumbo oriental siguienclo las margenes de la costa hta el punto de empezar incluyendo la Isla y puerto de Galveston. De las tierras litorales de la costa incluyclo en esta demarcacion una parte estan ya poblados bajo la Autoriclad de la primera colonia y me parece import.ante qe se las incluye todas en la jurisdiccion del distrito con el fin de evitar qe sean ocupadas contrario a las ordenes del Gobn° 6 infestadas de hombres malos 6 piratas preservar el buen orden, etc, etc. Si se estnblece un Gefe Subalterno los limites de su jurisdiccion debe ser deliniados con claridad y me parece qe los arriba mencionados son las mejores. El rio San Jacinto es la linia de esta colonia con respeto a las tierras designadas p" ser colonizadas por mi, p 0 sera encomodo dividir por el ria los habitantes establecidos sabre sus dos ma.rgenes en la demarcacion de la jurisdiccion civil, nhora los dos margenes del San Jacinto hace un partida con un .Alcalde y dividido no habra suficiente p" dos partidos y los de la banda occidental tendr:m de ocurrir a uno de los particlos de los Brazos y los de la bancla oriental nl particlo de la Trinidad quanclo tiene Gobn° alli, porqe ahorn no ticnen ni Gobno ni .organizacion ninguna, qe sent muy incomodo por la gran distancia. En el caso de poder continnar la empresa de colonizncion quiero conseguir facultad po. colonizar las tierras exceptuadns sobre la costa, es decir desde el Rio San J aci.Dto hta la boca clel arroyo de la Baca•-· una pnrte de estas tierras estan ya ocupndas, como tengo dho, y si nlgun otro empresario se entremete con ellns pue<le haber incon~
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