The Austin Papers, Vol. 1 Pt. 2

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AMERICAN HISTORICAL ASSOCIATION.

Lo mismo sucedera en estos establecimientos, en los que al Cavo de alga afios, quedara abolida la esclavitud, y habra con los descen-· dientes de los esclavos introducidos en el termino sefialado, sufi- ciente numero de jornaleros instruidos y aclimatados para continuar la agricultura, industria y artes-He hecho &unq con el laconismo posible las reflexiones q he juzgado mas del caso para acreditar el ftmdamento q a mi juicio tienen los articulos de una ley como la q pretendo en obsequio del fomento de este Estado. :Me persuado no faltara acaso quien opine ser demasiado prolon- gada la Esclavitud haciendola comprensiva a los primeros descen- dientes dclos Esclavos introducidos como pretendo, y que no dexara. de haber quien se interese en proponer qe la primera generacion dis- frute libertad a la edad prescrita pa. cada sexo, semejante opinion si se adoptase, seria en mi concepto un modo indirecto p 0 positivo de prohibir ]a introdncion de esclavos, toda persona sensata deve estar persuadida del efectivo interes, y empefio qe todos tomamos en esta. vida, afanando y trabajando de diferentes modos ya con el fin de buscar una comoda 6 sobre saliente subsistencia, ya con el de pro- porcio~arnos una vejez llevadera, y mas q todo con el de asegurar .a nuestros hijos su fortuna 6 principio de ella en el mejor modo po- sible; baxo este concepto, no es de esperarse que hombres duefios de Esclavos, y duenos de todas las generaciones futuras de estos, segun las leyes del pais donde viven quienes con estas propiedades tienen afianzado el bien estar de sus hijos, y clemas descendientes, prescin- dieran de esta comodidacl, por venir a un nuevo Pais enqe perderian la primera descendencia de sus Esclavos, aunq fuese aqualquiera edad, especialmente tan moderado como lo q se advierte. Las perdidas q necesariamente .devian ellos preveer, les impediria absolutamente pensar en mudar domicilio en estos terminos, pues conocerian q sus descendientes sin esta propiedad radical quedarian expuestos a ser pobres, en razon a q los bienes mobiles 6 intereses comerciales, sufran, repentina, y frequentemente grandes bariaciones-No sucederia asi concediendo libertad a los nacidos en el territorio dela Republica en segundo grado, ala edad que queda seiialada como es mas largo el plazo podrian los .interesados convinar las perdidas con las ventajas en el cultiva qe tierras virgenes, mientras llegaba aquel termino; con lo cual tal vez quedarian compensados, y tendrian mas seguro advitrio de fl.near bienes de otra especie para sus hijos, y demas descendientes; agregandose q cuando murieran los primeros Colonos tendrian el con-. suelo de dexar a,un a sus hijos algunos Esclavos aunq fuesen los des- cendjentes de primer grado pn q. empesasen 6 siguiesen fortuna. Estas son las razones en q fundo la peticion de libertad para la se~nda generacion y no pa la primera; persuadido sea este el medio de traer Pobladores de la clase que se necesitan en los primeros estable- cimientos.

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