THE AUSTIN PAPERS. 1175 Ygun.I beneficencia se observa en lo prevenido por el arto 9-No deve dudarse•·q los duefios por •propia convenencia instru- iran a. sus esclavos en-algii Ramo u oficio util a la sociedad, y a ellos mismos, especialmente la agricultura, q es el manantial de las riquezns de cualquiei•a pais. La obligacion q aquellos tienen de habilitar por seis meses de ropa de uso 'y algun dinero a los q quedan libres por su edad, de los descendientes en segundo grado de los introducidos es una medida muy justa,.propia de un Govn° tan benigno como el dela Re- publica Mexicana· ' Que providencia podria adoptarse mas energica en obsequio de la humanidad y para abolir la esclavitud con el tpo. q la contenida en el articulo 101-La libertad que este Concede a los Uolonos para venderse los Esclavos entre si, en nada prejudica a estos pues deve serles indiferente pertenecer a Juan 6 a Pedro. Para el adelantamto y progresos, es utilisima la medida q en el mismo articulo se advierte, impidiendo la extracion para venta 6 trafico de los Escla- vos ya introducidos; deviendose creer q las fuertes penas impuestas, evitaran sucedo esto-Los aJ.·ticulos 11. 12. y 13. estan segun mi con- cepto, ·ptofundamente meditados. El primero de estos impide in- directamente extraer fuera dela Republica los Esclavos por la necesi- dad de sus brazos para el pronto fomento del Estado. La excepcion que hace en aJgn caso, parece muy prudente y regular. El segundo quita toda espernnza de fraude 6 trampa, y establece reglas utiles en todo tpo. ? El contenido·del ultimo parece q intenta no disminuir la poblacion ya establecida,· pues las reglas que sen.ala deve pensarse estorvar la salida delos Colonos ya radicados, hallandose despedidos del Estado sin libertad de poder volver a el en aJgn tpo - - Aunqe. por las bases de su 'establecimto podria pedir a.lgn privilegio en este asunto pa las tres cielitas familias q ya tengo establecidas, no obstante deseoso spre· de no ocnsionar envidias ni disgustas, prescindo de todo ello, y quiero igualarme alos demas Colonos q nuevamente vengan, como se observa en el tenor del arto 14, para cuya execucion scrupulosa, se dicta las reglas necesarias en el articulo 15 - - ' Los Estados Unidos del Norte han tenido la gloria de dar al mundo un exemplo_de•Iiberalismo que puede servir y nun no aventurare nada en decir_que ha servido de modelo, y contodo a pesar del sistemn. franco de Gov 00 que rige en ellos se observa q en algs Estndos se ha hecho in- dispensable permitir la Esclavitud como unico medio en los principios, de :formentar un pais desierto. Las Provincias del Norte delos mismos Estn.dos,·dictaron unas leyes semejantes alas q propongo, yen el dia ya no hay en ellas esclavitud~ por haver muerto los qe fueron introducidos, y dis:fruta.do liberta.d sus descendientes a un edad competente: Con- tando,dhas Provincias contantos brazos instruidos y Laboriosos, como los q quedaren libres por la .edad, y sus descendientes; los cuales son otros tantos jopialeros utilisimos. •
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