THE AUSTIN PAP.ERS 627 Muchos de los antiguos habitantes de la Luisiana, emigrarian a Texas si pudieran traher sus csclavos. Son pobladores <lei primer rango por sus virtudes, cducacion, y riqueza Con dos palabras se lcs consigan todos, y se dnra un valor inmenso a las ticrrus valdias. A.dmitense Esclavos y suspendase el nrticulo 11°. de la ley de 6 de abril con respecto a la nntigua Lo•uisiana y el Estado de Misisipi. Tambien muchos vendran de Mobilia Pensacola [sic] y Florida si sc les admiten. Se puede hacer Texas uno de los estados mas productivos de la federacion El modo es tratar sus habitantes con franqueza y lil>era- Jidacl. En fin, se debe unir aquel pais a :Mexico por lazos que son indisolubles, los del interes, del honor, y de grntitud. He hablado como si Texas estaba para separarse de Coahuila, Opino que-nsi debe ser, y que nada falta para verificarlo, mas que saber la voluntad del gobierno general, la de la mayoria de ambas camaras, y ver la ley organica par a los Territorios. El peso moral de mi Colonia influira mucho con lo restante de Texas, mi Colonia rue escuchara y yo cumplire con mis deberes al Gobierno en cunnto puedo y los entiendo; Nadie aqui sabe mis opiniones voy ii procurar pasear el tiempo en el modo mas quieto posible. No debe cerrar los puertos de Texas, como trata en lus curnaras de hacer Sera ruina. Es verda.cl que nuestro comercio no cs ecsesivo tampoco lo es el alimento que come un nifio, pero sin el, muere. El comercio de cabotnge no basta. para Texas En el aiio entrante se debe esportar mil fardos de nlgodon de cuatro quintales despepit3:do .cacla uno Texas no producetrigo, y ha de ser surtido de pan de Orleans, o comer mais Creo que lo interior del pais, producira trigo pero no hay poblaciones alli y no se cuando habra. Amas de esto, el comercio de cabotage es nulo por las infirudacles de embarasos, molestias y gabillas en todas las aduanas se ha cobrado en cacla puerto el derecho de tonelnge, y todas -los demas cargos, sobre buques estrangeros em- pleados en este comercio bajo la ley de G de abril Estoy informndo que un buque, la goleta O /ia111,pion, ·pago mil quinientos pesos en tres puertos es decir Aransaso, que es lo mismo que l\tfatago~da, Galveston, Y Tampico. Entro en el primero procedentc de Filadelfia y pug6 el derecho de tonelage como debiu haber hccho de alli proccclio en lastre a Galveston para un cargamt 0 de tablas del molino de vapor Y se cobr6 otra vez el derecho de tonelage procedio con las tablas a Tampico y entiendo que se hizo otro cobro del tonelage. En mi con- cepto se debe devolver los dos ultimos cobros, es decir, mil pesos. seria atrasarnos mucho cerrar los puer tos al comercio estrangero si se paga, se debe a lo menos pcrmitir In. entrnda de familias que viencn por agua con sus efectos libros de derechos. y tambien se debe quitur todos los embarasos en el comercio de cabotage. Este comercio es de mucha import:mcia a Texas, y ser:.1 por fin a la nacion. Siempre he
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