The Austin Papers, Vol. 2

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AMERICAN HISTORICAL ASSOCIATION

Basta ahora no he tenido noticias ningunas dela Goleta Nacional Constante, de que V. me habla en su carta. El administrador de Galvezton ha entrado en el .desempeiio de su destino, y no perdire tiempo en avisarle delos deseos de V. pa. que tengan su debido efecto. Con todo respeto quedo el muy atento amigo y servidor de V. ESTEVAN F. AUSTIN MANUEL DE Mmn y TERAN TO AUSTIN Hoy digo al Sor. Coronel D. Jose de las Piedras lo que copio. "Contesto al oficio de V. S. de 24 de :Mayo del corriente afio- La ley espedida en 6 de Abril no perjudica u. ningun ·interes existente en el departamento de Tejas, pues en cuantas orclenes se ha servido dirigirme el Supremo Govierno asi como Commandt 0 Gral. de esta demarcacion m.ilitar, como por co1ilicionado st(yo cuyo nombramiento he dado a conoser segun la facultad que le conseda el articulo 3° se dirijen a garantizar las colonias ya establecidas en los terminos en que :fueron concedidas sus contratas; de modo que tienen derecho a. concluir todas las dependencias en la parte que aun n·o hayan tenido e:fecto; y por lo que respecta a los colonos sueltos que no hayan sido comprendidos en contrata de empresario, la misma ley ha amparado los derechos qe. quedan alegnr, concediendo al Supremo Govierno la. autorisacion necesaria p" que sus comicionados, segun el mismo a.rticulo 3° obren con las :facultades comvenientes en la contrata de los terrenos pa establesimientos de nuevas colonias asi de :Mexicanos como de Extrangeros, pa lo que sera de toda necesidad atender los reclamos de particulares, a quienes en todo evento les queda a salvo al medio de transigir 6 ser incluidos en las colonias nuevas, sin el menor gravamen respecto a que su establesimiento se ha hecho sin costo de ningun empresario. Para.la ejecucion de estos pormenores qe. exigen algun tiempo, esperan los comicionados las instrucciones de S. E. el Ministro de Relaciones interiores, para traslaclarse al Departamento de Tejas, deviendo V. S. entre tanto obrar en virtud de esta declaracion con el fin de que los Colonos estableddos prosigan sus '>Cupaciones en el cultivo, con el reposo que conviene para su pros- peridad. Tengo el honor de decirlo a V. S. manifestandole mi atencion." Y lo inserto a V. p" su inteligencia y que obre con estos mismos P!incipios en caso o:frecido en asuntos de su colonia • Dios y Livertad. Matamoros Junio 14 de 1830. • MANUEL DE MIER y TERAN [Rubric] Ciudada~o Empresad.o D. Estevan Austin Teniente Coronel.

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