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AMERICAN IIJSTORICA.L ASSOCIATION
En tnl virtud, aunque contest6 cl goYierno en el tiempo q 0 clesca- bamos, no contest6 en los terminos q 0 deseabamos es clecir clandomc Ios onse sitios y de consiCTUiente, no podremos yevar adelante dho con- . e trato, como hemos espresn.do en los a.rticulos 3° y 7° pues qe no fue como ellos dicen resolucion favomble. De tal mancra. si Royal quisi- era tomar los dhos siete sitios q 0 son los q 0 he poclido haber, con las mismas condiciones de los onse, estoy pronto a darselos y no de otra manera q 0 no me tendria. ningnna cuenta, quiero decir, sin que deje de darme los mismos seis sientos pesos y baser los clemas pagos q• hemos estipulado. el terreno me biene concedido en doncle yo quiera con tal de que sea en los vnlclios del Esta.do. Creo pr esto q 0 Royal, si tiene interes en ellos, no cleve pretender inobacion ningunn en el contrato y si la. pretendiese, me hara V. favor de decirle qe por el echo solo lo rescindo y no vendo nada; pues a mas de q 0 la manca no ha estado en el ni en mi, no podre sederle los terrenos pr menos prec:o de lo qe hemos dho. Nixon, q 0 devia. darme los 600 p• pr Royal, en el mornento q 0 me biniera mi solicitud, se ha iclo al Saltillo, y ese es otro mal e incom- beniente, porque yo queriu, haser uso de ellos prontamte asi, pues le suplico a V. mi buen amigo qe si cae por hay dho. Royal le entere de todo, diciendole q 0 si es q• ha de tomar los refericlos siete sitios pr el mismo prccio q 0 iba a. tomar los onse, disponga qe se me de el dinero q• dej6 depositado y si no me abise p" mi govierno. Saludes a nuestro amigo D. Samuel y V. hacienclo pr este su amigo, cuente con la reciprociclad de su afmo. S. S. Q. B. S. :M. J. A. NAVARRO [Rubric] [Enclosure] Leona Vicario 6 de Febrero de 1830- Conforme al a1:ticulo 24 de la ley de colonizacion de 24 de Marzo de 1825 otorgo en venta al suplicante en la parte que sefiala 6 en la que mas le acomocle, siete sitios de tierra de los onse que solicita en los valdios clel Estado. El comisionado general que tiene nombrado Este govierno lo metera en posesion de dhos sitios y espedira el cor- respondiente titulo calificando previamente la clase y calidad delos espresados terrenos para el sefialainiento de lo que deve satisfacer pr. ellos al estado, para cuyo pago le concedo los plazos que designa el articulo 22 de la referida Ley. Dese por la secretaria al interesado copia de su petidon y este decreto, para qe. ocurriendo con ella al comicionado surta los efectos que son consiguientes-Viesca-San- tiago del Valle Secretario-Es copia-Santiao-o del Valle-Secre- . b tar10- Es copia legal y autentica del decreto qe. me bino al calse de mi instancia Bexar 18 de Febrero de 830 NAVARRO [Rubric]
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