The Austin Papers, Vol. 2

THE AUSTIN PAPERS 111 es en gran p [ e] ligro de caer en ruina si no esta apoyada por el brazo paternal del Gob 00 • El apoyo qe. necesitamos y qe. he pedido en mi memoria al Exmo sor Presidente es libertad para introducir por 10 afios libre de der- echos para el solo consumo de Jos habitantes de la colonia todo arti- cu]o cualquier a estrangero sea prohibiclo 6 no: I-Iabilitar la em- bocadura del Rio de los Brazos, y por falta de un oficial de la Aduana aqui autorizar al Comisario de la Jurisdiccion dar pases 6 guias de los productos naturales del pais llevados a vender en otras partes sea por agua 6 por tierra a fin de ev1tar los embarazos y perdidos en las aduanas maritimas como suceclio en Campache. Con respecto a articulos prohibidos puede haber una objeccion a causa de hacer excepciones en un Systema Gral, pero considero qe. quando el bien publico evidentemte exige tal excepcion qe. debe dfaparecer la dificultad. Tal vez no hay punto en toda la Republica qe. se halle en iguales circunstancias qe. esta con respecto a su localidad sus nesesidades, Y la imposibilidad absoluta de surtirse de otras partes de muchos de los articulos de primera nescsidad qe. son prohibiclos. Esta Colonia esta aislado en el centro de un dis- poblado yen su infancia. Si nose permite la introduccion de harina estrangera esta.remos prohibidos absolutam tc el uso de pan porqe, no se siembra el trigo aqui ni puede sembrarlo nunca por el temper- am t 0 • El punto mas cercano de conseguir trigo es :Monclova 6 Saltillo y el trasporte de alli es mas de 200 leguas por tierra y el camino <lespoblaclo y espuesto a los Indios. Estamos en el mismo caso con respectof a los demas articulos prohibidos con la excepcion de carnes, :Mais, l\1anteca de puerco, azucar, miel de cafia aguardiente y legumbres y estoy contento qe. se haga una excepcion de ellos, aunqe. he pediclo una exempcion total, pero despues de alguna re- flecc10n me parece qe. tal vez sera mejor exeptuar estos articulos, por razon qe. no importa mucho a la colonia si son exceptuados 6 no, y puede haber mas dificultad de conseguir del congreso una ex- empcion total qe. de conseguirla con alguna moclificacion. Sin em- bargo familias emigradas cleben ser permitidas trnher por su uso lo qe. •gustan, porqe en ranchos casos salen de sus antiguns hnbi- taciones con un surtim te de viveres por un afio producto propio de sus manos y seria una dureza y perdida no permitirlas introducirlo aqui para mantenerse el primer afio. Con respecto al tabaco no hay cstanco aqui y si lo hubiera no vcnderia un quintal de Tnbaco en un afio porqe. no fuman. El unico modo qe. estos probln.dores usa.n del Tabaco es mascar, y pa esto esta labrado en un modo peculiar de manera qe. no hay motivo de escluir este articulo, porque. Seria in- comodar mucho a los habitantes sin provecho ninguna a la renta, !:in embargo si perece qe. esta es una objeccion grave al asunto estoy

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